Micelio
Auto5 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante --·Demandado Plaza Grueso Cristian Francisco

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-El Delito Conservación O Financiación De Plantaciones Es De Extrema Gravedad Y Constituye Una Conducta Especialmente Nociva Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó Que El Sistema De Justicia Propio Responda A La Gravedad Y A La Complejidad Que Demanda La Investigación Y Juzgamiento De Este Tipo De Comportamientos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Promiscuo del Circuito con funciones de conocimiento de Sibundoy, Putumayo y el Resguardo Indígena Selva Verde, suscitado por una investigación penal en contra de un ciudadano, posible miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de conservación o financiación de plantaciones, en hechos ocurridos en el municipio de San Francisco, Putumayo.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para asignar la competencia.

Se satisface el elemento subjetivo porque de las pruebas se advierte la pertenencia del imputado a la comunidad indígena.

El factor territorial no se acredita pues los hechos ocurrieron a la altura del kilómetro 74.2 de la vía que conduce de Pasto-Puente a El Pepino, sector de la vereda Chorlavie del municipio de San Francisco, Putumayo y el Resguardo se encuentra ubicado en el municipio de Orito, Putumayo y no se tiene certeza de que el Resguardo despliegue allá su cultura, su cosmovisión, sus usos y sus costumbres.

El elemento objetivo no es determinante para asignar la competencia porque la conducta atribuida al comunero, asociada a la cadena del tráfico de estupefacientes es de especial nocividad para la sociedad mayoritaria, pues afecta el bien jurídico de la salud pública y una desarmonía para la comunidad.

La comunidad no demostró la existencia de un andamiaje institucional que permita adelantar el juzgamiento de la conducta reprochada en respeto de las garantías al debido proceso del acusado.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito con funciones de conocimiento de Sibundoy, Putumayo, y el Resguardo Indígena Selva Verde, y DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito con funciones de conocimiento de Sibundoy, Putumayo es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de Cristian Francisco Plaza Grueso por el delito de conservación o financiación de plantaciones.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la decisión del 27 de octubre de 2023, mediante la cual el Resguardo Indígena Selva Verde sancionó a Cristian Francisco Plaza Grueso a cumplir con trabajo comunitario por tres años por la conducta de transportar semillas de coca.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6071 al Juzgado Promiscuo del Circuito con funciones de conocimiento de Sibundoy para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Indígena Selva Verde.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.